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Canal de denuncias

Respuestas a dudas frecuentes sobre el canal de denuncias

Ante la creciente inquietud sobre la implementación del Canal de Denuncias en las corporaciones, Capllonch Advocats ha elaborado un compendio para esclarecer las dudas más frecuentes.

Objetivo de la regulación del canal de denuncias:

La Ley 2/2023 transpone a la legislación española la Directiva UE 2019/1937 sobre protección de los informantes o whistleblowing, buscando salvaguardar a los denunciantes de posibles represalias al reportar infracciones legales dentro de un entorno laboral o profesional. Su meta es fomentar una cultura de reporte de irregularidades como herramienta para prevenir y detectar riesgos al bien público.

Vías para presentar una denuncia: Existen tres métodos para realizar una denuncia:

  1. Canal interno: Es el medio principal dentro de empresas privadas o entidades públicas, dada su proximidad con el denunciante y los hechos.
  2. Canal externo: Como complemento al interno, permite denuncias directas o subsiguientes a través de la Autoridad Independiente de Protección del Informante.
  3. Divulgación pública: Se opta por esta vía cuando los anteriores se consideran insuficientes o inapropiados.

Diferencia entre sistema interno de información y canal de denuncias:

El sistema interno abarca el canal de denuncias, incluyendo el buzón para recepción de informes, el responsable del sistema y el procedimiento para gestionar las denuncias, garantizando seguridad, confidencialidad, e independencia.

Información susceptible de denuncia:

Se puede reportar cualquier acción u omisión que infrinja el Derecho de la Unión Europea dentro del marco de los actos enumerados en la Directiva, especialmente aquellas que comprometan los intereses financieros de la UE o afecten al mercado interior, incluyendo infracciones penales o administrativas graves que afecten a la Hacienda Pública y a la Seguridad Social.

Exclusiones del canal de denuncias:

Quedan fuera del alcance las informaciones clasificadas, aquellas protegidas por el secreto profesional, y ciertas infracciones en procesos de contratación, entre otras.

Protección bajo la normativa del canal de denuncias:

La norma protege a individuos dentro del ámbito laboral o profesional, incluyendo empleados, autónomos, accionistas, contratistas, voluntarios y personas en procesos de selección, extendiéndose también a representantes de trabajadores, familiares del informante, y personas jurídicas relacionadas.

Exclusiones de protección:

No se protegen denuncias basadas en informaciones inadmitidas, conflictos interpersonales sin relevancia legal, rumores, o acciones fuera del ámbito de aplicación de la norma.

Medidas de protección contra represalias:

Se establece un marco de protección frente a actos discriminatorios o represalias, invirtiendo la carga de la prueba en favor del informante y contemplando medidas correctoras y compensatorias.

Gestión de denuncias:

El canal debe permitir comunicaciones escritas, verbales o personales, documentándose adecuadamente y manteniendo un registro de todas las denuncias y acciones internas resultantes.

Régimen sancionador:

Se prevé un sistema de sanciones clasificadas según su gravedad, con multas que varían según el infractor sea persona física o jurídica, y medidas adicionales como prohibiciones de contratación pública.

Más información sobre la implantación del Canal de denuncias de Capllonch Advocats: Folleto

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